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La inclusión no es un favor, es un derecho

La inclusión no es un favor, es un derecho

Manifiesto por la Inclusión y los Derechos de las Personas con Discapacidad

Cada 3 de diciembre, el Día Internacional de las Personas con Discapacidad nos invita a reflexionar sobre un hecho contundente: el 15% de la población mundial vive con algún tipo de discapacidad. Este día no solo nos recuerda la importancia de la inclusión social y laboral, sino que nos exige un compromiso activo para construir una sociedad verdaderamente accesible e igualitaria.

En Asociación DIA, este compromiso no es solo una intención, es una lucha diaria. Desde nuestra Entidad, hemos trabajado con un propósito claro: defender los derechos de las personas con diversidad funcional y mejorar sus condiciones de vida. Sabemos que la discapacidad no debe ser una barrera para la participación plena en la sociedad, sino una oportunidad para demostrar el poder de la diversidad.

Derechos y dignidad como bandera

Nuestro compromiso incondicional con las personas con discapacidad empieza por garantizar que sus derechos sean respetados. Esto significa luchar contra la discriminación, visibilizar sus necesidades y exigir políticas públicas inclusivas. No se trata solo de cumplir con la ley, sino de transformar mentalidades, eliminar prejuicios y abrir puertas.

EMPIL: Trabajo y autonomía

En el ámbito laboral, la exclusión es una de las formas más dolorosas de discriminación. Por eso, nuestra plataforma EMPIL (Empleo Inclusivo) se ha convertido en una herramienta clave para promover la inclusión laboral de las personas con discapacidad. A través de EMPIL, conectamos a profesionales con talento y habilidades con empresas comprometidas con la diversidad.

Creemos firmemente que el empleo no es solo una forma de subsistencia, sino también una vía para alcanzar la autonomía personal, la autoestima y el reconocimiento social. Nuestro objetivo es romper barreras y demostrar que las personas con discapacidad tienen mucho que aportar en cualquier sector laboral.

Una sociedad inclusiva y accesible

Pero nuestra misión no termina ahí. Sabemos que la verdadera inclusión no se limita al ámbito laboral; también debe abarcar la educación, la cultura, el ocio y todos los aspectos de la vida cotidiana. Queremos construir una sociedad en la que la accesibilidad no sea una excepción, sino una norma; una sociedad que valore a cada persona por lo que es y por lo que puede llegar a ser.

Este 3 de diciembre, te invitamos a unirte a esta causa. No basta con conmemorar, necesitamos actuar. Hagamos que esta jornada sea un punto de partida para redoblar nuestros esfuerzos en la lucha por una sociedad más justa, donde nadie quede atrás.

Porque la inclusión no es un favor, es un derecho. Y en Asociación DIA, seguiremos trabajando sin descanso hasta que sea una realidad para todas las personas con discapacidad.

Francisco Canes, presidente de Asociación DIA y Fundtrafic.

Ponencia en el Curso de Medicina Pericial y Forense

Ponencia en el Curso de Medicina Pericial y Forense

La Asociación DIA de Víctimas de Accidentes ha participado con una ponencia en el Curso de Medicina Pericial y Forense en accidentes de tráfico 2024
organizado por la Sección de Derecho de la Circulación del ICAB, Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona, en doble formato, presencial y online.

La intervención de dos horas de duración se realizó el pasado 28/11/2024 tratando el tema:

La prueba pericial del Trabajador Social: metodología para la acreditación y valoración de los perjuicios particulares de daños morales complementarios y pérdida de calidad de vida de familiares de grandes lesionados y ayuda de tercera persona.

Elena Fernández Cuadrado, Coordinadora de la Asociación DIA de Víctimas de Accidentes
Cristina Donaire, Trabajadora social de la Asociación DIA de Víctimas de Accidentes
Francisco Canes Doménech, Presidente de la Asociación DIA de Víctimas de Accidentes

En los próximos meses nuestra entidad realizará en algunos Colegios de Abogados que se han mostrado interesados esta formación gratuita y, además, ofrecerá a los diferentes colegios de abogados existentes en España la posibilidad de que impartamos este tipo de formación que recordamos es totalmente gratuita para los letrados y letradas que estén interesados en esta temática.

 

Formaciones Jurídicas

 

Para poder solicitarla deben dirigirse a: formacion@asociaciondia.org

 

Fin de compatibilizar el trabajo con la incapacidad permanente absoluta y/o gran invalidez

Fin de compatibilizar el trabajo con la incapacidad permanente absoluta y/o gran invalidez

La reciente postura del Tribunal Supremo, que rechaza la compatibilidad de la situación de incapacidad absoluta y la gran invalidez con la posibilidad de desempeñar un trabajo, plantea serias preocupaciones desde el punto de vista social. Esta decisión, lejos de proteger los derechos de las personas con diversidad funcional, parece ignorar la realidad de muchos individuos que, a pesar de sus limitaciones, pueden y desean contribuir activamente a la sociedad.

La STS n.º 544/2024, de 11 de abril de 2024, ECLI:ES:TS:2024:1996, resuelve sobre la compatibilidad entre la pensión de gran invalidez y el trabajo en la ONCE.

La cuestión que se plantea en casación para la unificación de la doctrina consiste en determinar si el reconocimiento de una gran invalidez a un trabajador de la ONCE es compatible con el hecho de que continúe vendiendo cupones de dicha organización.

En esta ocasión el TS rechaza la casación en contra de lo reiterado por anterior jurisprudencia donde se ha declarado la compatibilidad de la gran invalidez con el trabajo por cuenta ajena, así a título enumerativo podemos mencionar la STS, rec. 480/2007, de 30 de enero de 2008, ECLI:ES:TS:2008:1849, y la STS, rec. 907/2012, de 16 de octubre de 2013, ES:TS:2013:6655, (esta última, además, precisamente, con la venta de cupones de la ONCE) han declarado la compatibilidad de la gran invalidez y el trabajo por cuenta ajena; doctrina que se ha reiterado en numerosas sentencias sin diferenciar entre las situaciones de gran invalidez y de incapacidad absoluta, como en la STS, rec. 2512/200, de 23 de abril de 2009; STS, rec. 1674/2008, de 1 de diciembre de 2009, ECLI:ES:TS:2009:8101; STS, rec. 2022/201, de 19 de marzo de 2013, ECLI:ES2013:1699; STS n.º 450/2018, de 25 de abril, ECLI:ES:TS:2018:1805 y, más recientemente, la STS, rec. 2648/2017, de 20 de marzo, ECLI:ES:TS:2019:1285.

El TS se basa en la interpretación literal del artículo 198.2 de la LGSS (que señala que «Las pensiones vitalicias en caso de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez no impedirán el ejercicio de aquellas actividades, sean o no lucrativas, compatibles con el estado del incapacitado y que no representen un cambio en su capacidad de trabajo a efectos de revisión») y argumenta que debe interpretarse que las actividades compatibles con las situaciones de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez deben ser marginales y de poca importancia, que no requieran darse de alta ni cotizar por ellas a la Seguridad Social, entendiendo la Sala IV que legislador se refiere única y exclusivamente a aquellos trabajos de tipo marginal e intrascendente, en el sentido de ser de mínima significación y relieve, porque otro entendimiento del precepto rompería de manera frontal con todo el sistema y con la doctrina de la Sala que tiene reiteradamente declarado que la incapacidad permanente absoluta es aquella situación que impide al trabajador la realización de cualquier actividad por liviana y sedentaria que sea, con lo que de mantenerse un criterio amplio en la interpretación del precepto citado, el resultado sería, de contradicción plena con el sistema y conduciría al absurdo ( así la STS 13 de mayo de 1986).

En contra de esta postura, ante una interpretación literal de la norma, debemos abogar por un cambio legislativo, puesto que esta postura contradice en todo punto los principios de inclusión y no discriminación establecidos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas que promueve la participación plena y efectiva de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la vida, incluido el empleo, convención esta ratificada por España.

De esta manera, negar la posibilidad de trabajar a quienes se encuentran en situación de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, les priva de una oportunidad fundamental para su desarrollo personal y profesional (con la evidente repercusión negativa a nivel emocional, agravando la situación de vulnerabilidad y exclusión social de este colectivo).

Tampoco hay que dejar de lado la consideración de la perspectiva global económica, pues impedir que las personas con incapacidad absoluta o gran invalidez trabajen puede aumentar la dependencia de estas personas de las prestaciones sociales, en lugar de fomentar su autonomía y contribución al sistema económico, por lo que esta postura del TS resulta perjudicial para el tejido social y económico del país.

De este modo podemos concluir que la postura anunciada por el Tribunal Supremo sobre la incompatibilidad de la incapacidad absoluta y la gran invalidez con el desempeño de un trabajo es un paso atrás en la protección de los derechos de las personas con diversidad funcional, resultando urgente reconsiderar esta decisión y adoptar un enfoque más inclusivo y adaptado a la realidad actual, que promueva la igualdad de derechos y oportunidades y el respeto a la dignidad de todas las personas.

Haciendo una llamada a la precaución, desde Asociación DIA recomendamos que las personas con diversidad funcional que tengan reconocida una incapacidad permanente en grado de absoluta y/o gran invalidez que compatibilicen su situación con el desempleo de un empleo remunerado revisen esta circunstancia, resultando recomendable cesar su situación activa laboral, puesto que podrían verse privados de continuar percibiendo su prestación pública derivada de su incapacidad con efecto retroactivo ante una demanda por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Jornada “Seguridad y Emergencias Inclusivas” #ASEM112

Jornada “Seguridad y Emergencias Inclusivas” #ASEM112

Nos complace anunciar que nuestro presidente, Francisco Canes, participará en la jornada “Seguridad y emergencias inclusivas” organizada por ASEM112 el próximo 3 de diciembre de 2024. Este evento se llevará a cabo en la sede del Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias (IFISE) en Madrid, y tiene como objetivo compartir buenas prácticas en prevención y emergencias para garantizar la plena inclusión de todas las personas, independientemente de sus necesidades de apoyo.

Francisco Canes, con su vasta experiencia en la dirección de cursos de evacuación e intervención en emergencias con personas con discapacidad, aportará su conocimiento y perspectiva en la mesa redonda “Casos de buenas prácticas y experiencias inclusivas en las emergencias”. Su intervención será una oportunidad única para aprender de su experiencia y conocer más sobre cómo adaptar las respuestas ante emergencias para ser más inclusivas y accesibles.
No te pierdas esta oportunidad de escuchar a Francisco Canes y otros expertos en el campo de la seguridad y emergencias.

¡Te esperamos!

Jornada Seguridad Emergencias Inclusivas

 

Lugar de celebración y fecha

Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias (IFISE).

Ctra. M-607, km.13, Madrid.

3 de diciembre (10h – 12.30h)

Tarjeta Europea de Discapacidad y la Tarjeta Europea de Estacionamiento

Tarjeta Europea de Discapacidad y la Tarjeta Europea de Estacionamiento

Publicada la nueva Directiva (UE) 2024/2841 que establece un marco común para la Tarjeta Europea de Discapacidad y la Tarjeta Europea de Estacionamiento.

La nueva Directiva (UE) 2024/2841 establece un marco común para la Tarjeta Europea de Discapacidad y la Tarjeta Europea de Estacionamiento, facilitando la libre circulación y el acceso a condiciones especiales para personas con discapacidad en la UE. Esta directiva, que debe ser implementada por los Estados miembros antes de junio de 2028, permitirá a las personas con movilidad reducida disfrutar de mayores facilidades y derechos en sus desplazamientos. Es fundamental que las personas con discapacidad soliciten estas tarjetas y se informen sobre los beneficios que les otorgan.

Resumen del Documento

La Directiva (UE) 2024/2841 establece un marco común para la expedición y el reconocimiento mutuo de la Tarjeta Europea de Discapacidad y la Tarjeta Europea de Estacionamiento para personas con discapacidad en la Unión Europea. Su objetivo principal es facilitar la libre circulación y la igualdad de acceso a condiciones especiales y trato preferente para las personas con discapacidad en todos los Estados miembros.

Puntos Clave

Objetivo y Ámbito de Aplicación:

La directiva busca promover la libre circulación de personas con discapacidad mediante el reconocimiento mutuo de las tarjetas de discapacidad y estacionamiento.

Se aplica a las condiciones y facilidades de estacionamiento y a todas las situaciones en las que se ofrezcan condiciones especiales o trato preferente a personas con discapacidad en estancias de corta duración.

Tarjeta Europea de Discapacidad:

Se expedirá como prueba de la situación de discapacidad o del derecho a servicios específicos.
Será reconocida mutuamente en todos los Estados miembros y se expedirá en formato físico y digital.
La expedición y renovación serán gratuitas, aunque puede haber tasas por reexpedición en caso de pérdida o deterioro.

Tarjeta Europea de Estacionamiento:

Se expedirá como prueba del derecho a condiciones y facilidades de estacionamiento reservadas para personas con discapacidad.
También será reconocida mutuamente en todos los Estados miembros y se expedirá en formato físico, con posibilidad de versión digital.
Sustituirá a todas las tarjetas de estacionamiento existentes antes del 5 de diciembre de 2029.

Procedimientos y Competencias:

La expedición, renovación y retirada de las tarjetas se regirán por las normas y procedimientos nacionales de cada Estado miembro.

Los Estados miembros deben garantizar la seguridad, integridad, autenticidad y confidencialidad de los datos personales recogidos.

Medidas contra el Fraude:

Se adoptarán medidas para prevenir y combatir el fraude, incluyendo la implementación de códigos QR y otros elementos digitales en las tarjetas.

Accesibilidad y Concienciación:

Los Estados miembros deben hacer pública la información sobre las condiciones, normas y procedimientos para obtener las tarjetas en formatos accesibles.

Se promoverá la concienciación sobre la existencia y uso de las tarjetas entre las autoridades públicas y operadores privados.

Aplicación

La directiva no es de aplicación inmediata. Cada Estado miembro debe transponerla a su legislación nacional antes del 5 de junio de 2027 y aplicarla a partir del 5 de junio de 2028. Esto significa que los Estados miembros tienen un plazo para adaptar sus normativas y procedimientos internos para cumplir con los requisitos establecidos en la directiva.

Impacto para las Personas con Movilidad Reducida

Para las personas con movilidad reducida, esta directiva representa un avance significativo en la eliminación de barreras y la promoción de la igualdad de acceso a servicios y facilidades en toda la Unión Europea.

Las principales acciones que deben tomar son:

  • Solicitar la Tarjeta: Las personas con discapacidad deben solicitar la Tarjeta Europea de Discapacidad y/o la Tarjeta Europea de Estacionamiento a las autoridades competentes en su Estado miembro de residencia.
  • Informarse sobre los Derechos: Es crucial que se informen sobre los derechos y beneficios específicos que estas tarjetas les otorgan en cada Estado miembro.
  • Utilizar las Tarjetas: Una vez obtenidas, deben utilizar las tarjetas para acceder a las condiciones especiales y facilidades de estacionamiento en sus desplazamientos por la Unión Europea.
Solidaridad con las víctimas de las inundaciones en la Comunidad Valenciana

Solidaridad con las víctimas de las inundaciones en la Comunidad Valenciana

Desde Fundtrafic y la Asociación DIA de víctimas de accidentes, queremos expresar nuestra más profunda solidaridad con todas las personas afectadas por las recientes inundaciones provocadas por la DANA en la Comunidad Valenciana. Este desastre natural ha dejado más de 90 víctimas mortales y ha causado pérdidas materiales incalculables, afectando gravemente a numerosas familias y comunidades.

En estos momentos de dolor y dificultad, queremos hacer un llamamiento a la unidad y al apoyo mutuo. Es fundamental que todas las administraciones públicas, así como las entidades privadas y la sociedad en general, se movilicen para ofrecer la ayuda necesaria a los damnificados. Especialmente, queremos destacar la situación de las personas dependientes, quienes en estos momentos son más vulnerables que nunca.

Las personas con discapacidad y aquellas que requieren asistencia constante enfrentan desafíos adicionales en situaciones de emergencia. La restricción de desplazamientos y las dificultades logísticas impiden que reciban el apoyo que necesitan, agravando su situación y poniendo en riesgo su bienestar. Por ello, es imperativo que se implementen medidas específicas para garantizar su protección y asistencia.

Desde nuestra asociación, reiteramos nuestro compromiso con la inclusión y el apoyo a las personas con discapacidad. Hacemos un llamado a las autoridades para que prioricen la atención a este colectivo, asegurando que reciban los recursos y la ayuda necesarios para superar estos momentos críticos.

Finalmente, queremos enviar un mensaje de esperanza y fortaleza a todas las personas afectadas. Junt@s, con solidaridad y empatía, superaremos esta adversidad y reconstruiremos nuestras comunidades.

DIA exige la máxima dureza contra el conductor Kamikaze de la AP-68

DIA exige la máxima dureza contra el conductor Kamikaze de la AP-68

La Asociación de Víctimas de Accidentes de Tráfico Exige la Máxima Dureza Contra el Conductor Kamikaze de la AP-68

En nombre de todas las víctimas de accidentes de tráfico y sus familias, la Asociación DIA de Víctimas de Accidentes expresa su más profundo rechazo y consternación ante el siniestro ocurrido recientemente en la AP-68, donde un conductor kamikaze ha matado a una mujer que estaba embarazada. El kamikaze ha sido puesto a disposición judicial y esperamos que en su momento la sentencia sea dura y y ejemplarizante para otros infractores similares

Este acto irresponsable y temerario pone en riesgo la vida de innumerables personas inocentes y no puede ser tolerado bajo ninguna circunstancia. Exigimos que se apliquen las penas más severas posibles al conductor implicado en este incidente, conforme a la legislación vigente, para enviar un mensaje claro de que la sociedad no permitirá que estas conductas criminales queden impunes.

La seguridad vial es una responsabilidad compartida por todos, y es crucial que se tomen medidas ejemplares para prevenir futuros actos de este tipo. Hacemos un llamado a las autoridades judiciales y de tráfico para que refuercen las campañas de concienciación y educación vial, así como para que intensifiquen las sanciones contra aquellos que ponen en peligro la vida de los demás en la carretera.

Desde nuestra asociación, seguiremos luchando por la justicia y por la memoria de todas las víctimas de accidentes de tráfico, comprometidos con la causa de hacer de nuestras carreteras un lugar seguro para todos.

Pedimos más controles preventivos y sanciones más duras para evitar que individuos con estas características sigan circulando por nuestras carreteras
—
Francisco Canes Doménech
Presidente
Asociación DIA de Víctimas de Accidentes

NP MIR: 1.806 personas fallecieron en 2023 en siniestros de tráfico

NP MIR: 1.806 personas fallecieron en 2023 en siniestros de tráfico

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha dado a conocer el dato consolidado de víctimas mortales en siniestros de tráfico en 2023 en el Pleno del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad Vial, que ha reunido a más de 80 representantes de organizaciones públicas y privadas integrantes de este órgano de consulta y participación de la sociedad civil y de todas las administraciones vinculadas con la seguridad vial.

  • El porcentaje de fallecidos en vías urbanas aumentó en un 10 por ciento en comparación con los datos de 2022.
  • Los fallecidos vulnerables suponen el 52 por ciento del total, porcentaje que en vías urbanas alcanza el 80 por ciento
  • El 18 por ciento de los fallecidos no hacía uso de los accesorios de seguridad en el momento del siniestro y, un año más, las distracciones fueron el factor concurrente presente en un mayor número de siniestros mortales, 3 de cada 10.

 

Puede descargar la nota de prensa completa en el siguiente enlace:

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Histórica Sentencia: Compensación ejemplar a una Víctima de Accidente de Tráfico

Histórica Sentencia: Compensación ejemplar a una Víctima de Accidente de Tráfico

Desde la Asociación DIA de Víctimas de Accidentes queremos compartir la siguiente noticia en referencia a una decisión sin precedentes. El Juzgado de lo Penal nº 14 de Madrid ha emitido una sentencia que marcará un hito en la compensación a las víctimas de accidentes de tráfico. En este caso particular, una mujer de 32 años recibirá una indemnización récord de 3,3 millones de euros, tras sufrir un grave accidente en un paso de peatones señalizado.

Esta compensación, que es la más alta otorgada a una sola víctima de un siniestro de tráfico, refleja no solo el dolor y sufrimiento que ha experimentado la afectada, sino también la importancia de reconocer y reparar adecuadamente el daño causado en casos de esta naturaleza.

El incidente tuvo lugar en el año 2016 y provocó a la mujer secuelas devastadoras. Un traumatismo craneoencefálico severo y múltiples fracturas en la zona pélvica cambiaron drásticamente su vida, generándole una tetraparesia espástica muy grave. Con esta nueva condición, la víctima pasó a depender totalmente de ayuda para realizar las actividades más básicas de la vida diaria, enfrentando una realidad desafiante y llena de obstáculos.

El proceso judicial que culminó en esta histórica sentencia no ha sido sencillo. La lucha por la justicia y la compensación adecuada fue larga y ardua, pero finalmente se ha logrado un resultado que podría sentar un precedente importante para futuros casos similares. Además de la compensación económica, el conductor responsable del accidente fue condenado a seis meses de prisión y se le privó del derecho a conducir, como resultado de su negligencia grave que causó lesiones irreparables a la víctima.

Es importante destacar que esta cifra récord no solo reconoce el sufrimiento y las pérdidas sufridas por la víctima, sino que también tiene un impacto más amplio en el sistema legal y en la manera en que se abordan estos casos en el futuro. El abogado defensor de la víctima, Manuel Castellanos, señaló que esta sentencia animará a futuros reclamantes a buscar un resarcimiento justo por sus sufrimientos y necesidades, al mismo tiempo que concienciará a jueces y tribunales sobre la importancia de considerar las necesidades médicas y de asistencia técnica de las víctimas al calcular las indemnizaciones.

La compensación de 3,3 millones de euros no solo proporcionará un alivio financiero crucial para la víctima, sino que también garantizará que tenga acceso a la atención médica y asistencial necesaria para el resto de su vida. Esta cantidad, aunque significativa, es un paso hacia adelante en la búsqueda de justicia para las víctimas de accidentes de tráfico, y un recordatorio contundente de la responsabilidad que tienen todos los actores involucrados en prevenir y mitigar el impacto de estos eventos trágicos.

En resumen, esta sentencia histórica es un paso en la dirección correcta hacia una mayor protección y reconocimiento de los derechos de las víctimas de accidentes de tráfico. Esperamos que este caso sirva como ejemplo para futuras disputas legales y que inspire a un cambio positivo en la forma en que se abordan y resuelven estos casos en el sistema judicial.