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Muchas aseguradoras no están realizando las ofertas motivadas como deberían, en perjuicio de los intereses de las víctimas y obstaculizando el trabajo de defensa de sus abogados/as. Compartimos claves sobre la oferta motivada que no debes olvidar.

 

¿Qué requisitos debe cumplir la oferta motivada?

Ahora que ya sabemos qué es la oferta motivada de indemnización que debe presentar la aseguradora responsable del siniestro, podemos profundizar para comprender lo que no debemos pasar por alto como víctimas de accidentes, familiares o abogados/as defensores.

Desde nuestro Departamento de Atención a Víctimas, Elena Fernández Cuadrado, asesora legal y responsable de este departamento, nos explica todos los requisitos que debe cumplir una oferta motivada de indemnización según la vigente Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

 

 

1. Un documento escrito:

 

En primer lugar, la oferta motivada debe enviarse a la víctima del accidente en un documento escrito. La oferta deberá contener, conforme a las exigencias que marca la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, los siguientes datos:

 

  • Contendrá una propuesta de indemnización por los daños en las personas y en los bienes que pudieran haberse derivado del siniestro. En caso de que concurran daños a las personas y en los bienes figurará de forma separada la valoración y la indemnización ofertada para unos y otros.

 

  • Contendrá, de forma desglosada y detallada, los documentos, informes o cualquier otra información de que se disponga para la valoración de los daños, incluyendo el informe médico definitivo, e identificará aquéllos en que se ha basado para cuantificar de forma precisa la indemnización ofertada, de manera que el perjudicado tenga los elementos de juicio necesarios para decidir su aceptación o rechazo.

 

Se hará constar que el pago del importe que se ofrece no se condiciona a la renuncia por el perjudicado del ejercicio de futuras acciones en el caso de que la indemnización percibida fuera inferior a la que en derecho pueda corresponderle.

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oferta motivada de indemnización - informes médicos aseguradoras

 

 

Oferta desglosada:

 

Lamentablemente, las aseguradoras buscan por encima de todo su propio beneficio. Por eso nos encontramos con cientos de casos en los que, sorprendentemente, la oferta motivada no se llega a presentar en formato escrito, sino que se ofrece a la víctima de manera telefónica e incluso que varía la cantidad final de una manera poco profesional y usando técnicas propias del regateo de mercadillo; unas prácticas completamente ajenas al mínimo cumplimiento normativo que se les exige.

Si tu aseguradora te está ofreciendo una cantidad económica en concepto de indemnización por teléfono sin especificar el desglose -> exige que te envíen la oferta motivada por escrito junto con el informe del médico perito en que se base, especificando cómo se ha calculado el importe final.

 

Hay que destacar que las ofertas económicas que realizan las aseguradoras no son azarosas, sino que se calculan utilizando indicadores específicos que traducen los daños personales (físicos, psicológicos, morales, sociales, etc.) en cantidades económicas, conforme al sistema de valoración de daños y perjuicios causados a la víctima indicado en la mencionada ley.

Consulta información sobre cómo incrementar la indemnización con dictámenes previos extrajudiciales o con informes periciales para la fase judicial (sociales, psicológicos, de necesidades ortopédicas o de asistencia, de accesibilidad o transporte…)

De acuerdo con la Ley, las aseguradoras están obligadas a presentar la oferta motivada de manera detallada, de modo que se valore cada uno de los puntos que se tienen en cuenta para la misma.

Si tu aseguradora te está ofreciendo una oferta motivada donde no se desglosan todos los conceptos que tu abogado/a ha tenido en cuenta para la reclamación   -> exige que te envíen la oferta motivada por escrito especificando cada uno de los conceptos de modo que se pueda interpretar de qué modo se ha calculado el importe final.

 

oferta motivada de indemnización - Accidentes en vías interurbanas-Asociación DIA (2)

 

Encarga un dictamen previo o un informe pericial para incrementar la indemnización

 

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Oferta documentada:

 

El documento, además debe ir acompañado de todos los informes, datos y facturas que fundamenten el cálculo de la oferta de indemnización.

Si hablamos de lesiones temporales, dependerá de los días de recuperación y puede variar mucho según la persona, pero pongamos el ejemplo de una chica de unos 20 años con latigazo cervical, y unas lesiones temporales de 39 días y 13 días básicos, en 2018 serían unos 2.430 €. La oferta motivada de la aseguradora deberá incluir entre otras cosas una copia del informe médico elaborado por sus peritos médicos o por los peritos independientes que haya escogido la víctima.

La compañía aseguradora no puede negarse a enviar los informes médicos a la víctima ni a sus abogados/as, en ningún caso, pues se tratan de documentos personales que en última instancia pertenecen a la víctima.

 

 

2. Plazos

 

La aseguradora debe presentar la oferta motivada en un plazo máximo de 3 meses tras la reclamación por parte de la víctimas, a partir de ahí la aseguradora incurrirá, de no existir causa justificada, en intereses de demora (cantidad que habrá que reclamar dentro del monto total indemnizatorio). Estos mismos intereses de demora se devengarán en el caso de que, habiendo sido aceptada la oferta por la persona perjudicada, ésta no sea satisfecha en el plazo de cinco días, o no se consigne para pago la cantidad ofrecida.

 

3. La actualización del Baremo según el incremento de las pensiones

 

Uno de los factores a tener en cuenta es que el importe de las indemnizaciones se incrementa según lo dictamina la mencionada ley (coloquialmente conocida como el baremo de autos) en la misma proporción en que se incrementan de manera anual las pensiones (actualmente aprobado en el 0,25%).

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¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con la oferta motivada?

Si bien en la práctica se abre un plazo de negociación extrajudicial, en que la aseguradora puede aceptar ciertos conceptos que no ha tenido en cuenta en la oferta motivada, lo normal, según explica Elena Fernández Cuadrado, es verse en la obligación de acudir a la reclamación judicial.

No obstante, antes de acudir a esta vía, se nos abre la posibilidad de solicitar un informe al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en caso de que nuestra disconformidad venga derivada de una mala valoración de nuestros daños corporales por parte del médico perito por la aseguradora.

Podremos acudir a este informe de manera gratuita, a costa de la aseguradora, siempre que presentemos para su solicitud la oferta motivada que la entidad aseguradora haya emitido. Lo que pone de manifiesto, una vez más, la importancia que da el actual marco legal a la oferta motivada que debe emitir la aseguradora responsable del siniestro.

 

  • Dictámenes previos para la negociación extrajudicial con la aseguradora: pincha aquí.

 

Si necesitas cualquier tipo de aclaración al respecto de la oferta motivada de indemnización o de cualquier trámite que debas realizar con la aseguradora, recuerda que ya seas víctima, familiar o abogado/a te atendemos de manera gratuita.

 

Teléfono gratuito de atención a víctimas y familiares: 900 90 77 11

Teléfono para profesionales y resto de consultas: 91 137 01 32

 

Participa en nuestro Foro abogados/as -Responsabilidad civil y reclamación de daños y perjuicios

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