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Asociación DIA considera que es necesario y urgente mejorar las indemnizaciones de las víctimas de tráfico, laborales, etc.

¿Hay que mejorar las indemnizaciones de las víctimas de tráfico?

. Es necesario y urgente mejorar las indemnizaciones de las víctimas de tráfico.

Desde Asociación DIA seguimos reclamando una mejora de las indemnizaciones de las víctimas de tráfico a través de la reforma de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. Este aumento beneficiaría también a víctimas de otro tipo de accidentes (laborales, de infraestructuras, deportivos…) y de negligencias médicas, para las que se aplica por analogía el mismo Baremo de tráfico.

Hace tan solo unos días Asociación DIA ha dirigido la siguiente petición de reforma a la Ministra de Economía, Dña. Nadia Calviño; la Ministra de Hacienda, Dña. María Jesús Montero; y al Ministro de Justicia, D. Juan Carlos Campo.

Cada año, los accidentes de tráfico causan la muerte de alrededor de 2.000 personas y dejan más de 5.000 heridos graves hospitalizados. Y se producen en torno a 100.000 accidentes con víctimas, muchas de ellas con graves secuelas.

El actual Baremo de tráfico, Ley 35/2015, que entró en vigor en 2016, es la norma que sienta las bases para el cálculo de las indemnizaciones a las víctimas de accidentes de tráfico, y que, por analogía, se utiliza como referencia para indemnizar a otras víctimas de responsabilidad civil y seguro (accidentes laborales, negligencias médicas, etc.).

Desde nuestra asociación venimos denunciando que las cuantías que establece el Baremo son claramente insuficientes en varias de sus partidas y no logran cumplir con el espíritu de la Ley: la reparación íntegra del daño. Por ejemplo, un joven de 20 años que queda en silla de ruedas por culpa de un tercero recibirá en concepto de ‘incremento de los gastos de movilidad’ un máximo de 60.000 €, un límite que marca el Baremo y que no se corresponde con las necesidades de movilidad que tendrá esa persona a lo largo de su vida (coches adaptados, transporte especial, etc.). Este es un claro ejemplo, pero hay más.

En paralelo, reclamamos la modificación del Artículo 49 del Baremo (Ley 35/2015) que fija la actualización de las indemnizaciones a 1 de enero de cada año al porcentaje del índice de revalorización de las pensiones, una situación que nos indigna, pues defendemos que se vinculen a la variación anual del IPC, para no mermar aún más la capacidad económica de quien tiene que rehacer su vida después de un hecho traumático como es un accidente.

Además, nuestra intención es contactar de manera inminente con los diferentes Grupos Parlamentarios para solicitar asimismo su colaboración para una REFORMA DEL BAREMO más cercana a la reparación íntegra del daño, pues somos conscientes de que hay daños que el dinero no puede aliviar, como es la muerte de un familiar.

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Iremos informando acerca de la respuesta institucional y próximas reuniones que tengamos:

 

Entrevista a DIA sobre al Baremo para a la revista Actualidad Aseguradora

A continuación, recogemos parte de la entrevista sobre el Baremo concedida por DIA a la revista Actualidad Aseguradora, de INESE, cuyo reportaje realizado por Óscar Bordona se publicó en su número de 28 de octubre de 2019. 

El presidente de esta organización, Francisco Canes, se queja asimismo del tope que existe para los gastos de ayuda de tercera persona: “La ley prevé un tope máximo de 16 horas de ayuda diaria, que en el supuesto de una tetraplejia está claramente por debajo de la necesidad real”. Pone otro ejemplo, en este caso el de la indemnización de hasta 60.000 euros por el incremento de los costes de movilidad que “también está por debajo de lo necesario. Imaginemos una persona de 20 años que queda con una tetraplejia a consecuencia del accidente y que necesitará transporte especial durante el resto de su vida para casi cualquier desplazamiento”.

[…] Otro problema relacionado con la transparencia es el que apunta Elena Fernández Cuadrado, responsable del Departamento legal de la Asociación DIA: “Si el Baremo establece que la oferta motivada debe realizarse por escrito, de manera desglosada y justificada, en la práctica muchas de estas ofertas se hacen de manera telefónica, sin aportar la documentación que acredite la cantidad indemnizatoria y sin aplicar la actualización anual de las cuantías”.

mejorar las indemnizaciones de las víctimasCONSULTAR ARTÍCULO COMPLETO : Bordona Ó., 28 octubre 2019, ¿Hay que mejorar las indemnizaciones de las víctimas de tráfico?, Actualidad Aseguradora, pp. 96-100.

Sobre la actualización de las indemnizaciones:

Tal y como explicaba Elena Fernández Cuadrado, abogada coordinadora de atención a víctimas en Asociación DIA en el artículo ¿Por qué la actualización del baremo de indemnización 2017 es vergonzosa?:

«Con anterioridad al baremo 2016, la dinámica era que, anualmente, el Ministerio de Hacienda publicaba las actualizaciones de las cantidades indemnizables en conceptos de días de baja y puntos de secuela, cantidades que venían determinadas por el incremento del IPC. De este modo, respondiendo a la lógica, las indemnizaciones venían incrementándose año tras año, de acuerdo con el ritmo al que iba creciendo el “precio de la vida”.»

Seguimos mostrando nuestra perplejidad e indignación ante una equiparación tal como es la que se hace entre las indemnizaciones por accidente, unas cuantías que corresponde abonar a las entidades aseguradoras -entidades privadas-, y las pensiones, que es una prestación económica pública.

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