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El perjuicio moral por pérdida de calidad de vida está reconocido por el Baremo de indemnización, tanto para la víctima directa como para los familiares.

 

Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida ocasionada por las secuelas

Los accidentes generan múltiples cambios en la vida de las personas que los sufren y es el Baremo de indemnización el que cuantifica los daños y perjuicios derivados de ellos, que son susceptibles de ser indemnizados por las aseguradoras. Elena Fernández Cuadrado, asesora legal responsable del Departamento de Atención a Víctimas y coordinadora de Asociación DIA, nos explica los distintos conceptos del perjuicio moral por pérdida de calidad de vida recogidos en el Baremo de indemnización –una de las pocas novedades positivas del actual Baremo-.

“El perjuicio moral por pérdida de calidad de vida ocasionada por las secuelas se refiere a la víctima directa. Ya sea porque ha perdido autonomía personal, porque le ha afectado impidiendo o restringiendo la realización de las actividades esenciales de su vida o de su desarrollo personal” nos explica Elena Fernández.

¿Qué entendemos por actividades de desarrollo personal? Conviene ir a la propia Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación (Baremo), que en su Sección 2.ª. Definiciones establece la interpretación que toma de este concepto.

Artículo 54. Actividades específicas de desarrollo personal. A efectos de esta Ley se entiende por actividades de desarrollo personal aquellas actividades, tales como las relativas al disfrute o placer, a la vida de relación, a la actividad sexual, al ocio y la práctica de deportes, al desarrollo de una formación y al desempeño de una profesión o trabajo, que tienen por objeto la realización de la persona como individuo y como miembro de la sociedad.

 

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CASO PRÁCTICO: valoración de daños y perjuicios en el Informe Pericial Social de una víctima con lesión medular

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La importancia del contexto social

En el caso de los perjuicios morales por pérdida de calidad de vida no sólo intervienen los puntos que especifica el baremo, sino los puntos que se sacan de factores sociales obtenidos a través de herramientas del trabajo social, que se engloban en lo que llamamos informes periciales sociales.

Por una parte, el baremo establece que la gravedad de este perjuicio moral se calcula según la importancia y el número de actividades afectadas y la edad de la persona lesionada. Por la otra, los informes periciales sociales analizan el contexto socio-familiar de la víctima para medir el alcance real del perjuicio derivado del accidente. Los informes periciales sirven para acreditar la cuantificación de estos perjuicios morales por pérdida de calidad de vida.

Una lesión relativamente leve puede conllevar un perjuicio moral por pérdida de calidad de vida en la persona por cómo le afecta a esa persona en concreto esa limitación de la actividad.

Ante una misma lesión, el perjuicio moral varía en función de las características vitales de cada persona. La amputación de un dedo, por ejemplo, a priori afectará más a una persona que imparta clases de guitarra que a una persona que no desarrolle actividades que exijan el uso obligado de los dedos. El daño se agravaría si, por ejemplo, a esa persona, la restricción de la posibilidad de realizar dicha actividad le ha sumido en una depresión, afectando gravemente a su autoestima y proyectos de vida, porque tocaba todos los días, daba clases, tenía un grupo, vivía de ello, era su principal ocio, etc. Desarrollar deporte de manera profesional y federada es otro ejemplo de condición que se puede ver facilmente afectada´tras un accidente, generando un perjuicio moral por pérdida de calidad de vida.” 

 
Indemnizaciones por perjuicio moral por pérdida de calidad de vida ocasionada por las secuelas, de la víctima directa:
  • Leve: de 1.500 a 15.000 €
  • Moderado: de 10.000 a 50.000 €
  • Grave: de 40.000 a 100.000 €
  • Muy grave: de 90.000 a 150.000 €
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Se considera que se puede valorar cuando se tienen al menos 7 puntos de secuela. Solicitar dictamen previo o informe pericial

 Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida - Asociación DIA-indemnización accidente

 

 

Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de familiares de grandes lesionados

Se habla de pérdida de calidad de vida de familiares cuando hay familiares afectados por falta de la autonomía personal de la víctima directa. Se refiere a situaciones en las que la vida de los familiares se ve sustancialmente alterada por el hecho de tener que proveer atención continuada a la persona que ha sufrido el accidente.

En estos casos también se recurre a los informes periciales sociales para acreditar los perjuicios morales.

 

Indemnizaciones por perjuicio moral por pérdida de calidad de puntos familiares de grandes lesionados:
  • De 30.000 a 145.000 €: por pérdida de autonomía personal que requieren atención continuada; por secuelas muy graves a partir de 80 puntos.

 

El éxito del dictamen previo y el informe pericial

Desde nuestra asociación nos focalizamos en mejorar las condiciones de las víctimas de accidentes y de sus familiares en todos los aspectos. Uno de los más importantes es el aspecto económico, pues a consecuencia de un accidente se pueden generar una serie de gastos de todo tipo que se pueden extender además en el tiempo si la persona queda con secuelas permanente. A diario realizamos informes periciales sociales en colaboración directa con las víctimas de accidentes y con sus abogados/as para incrementar las indemnizaciones, diferiendo el pago al final del procedimiento para no causar mayor perjuicio a las víctimas.

MÁS INFORMACIÓN: INFORMES PERICIALES

Gracias a nuestros dictámenes previos los abogados/as de las víctimas están pudiendo negociar mejores indemnizaciones en la fase extrajudicial. Del mismo modo que gracias a nuestros informes periciales muchas víctimas están pudiendo acreditar de la mejor manera el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida ocasionado por las secuelas. 

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SOLICITAR EL DICTAMEN PREVIO O EL INFORME PERICIAL

 

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