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Nexo causal roto, informes biomecánicos contra el criterio de intensidad y otras estrategias que utilizan las aseguradoras como excusa para no indemnizar a las víctimas, especialmente a las de accidentes de baja intensidad.

¿Qué es el nexo causal?

Podríamos decir que el nexo causal es entendido como una premisa básica para la indemnización que conecta de manera certeza el accidente y con sus consecuencias. Conviene echar un vistazo al Artículo 135Indemnización por traumatismos menores de la columna vertebral del Baremo para analizar de qué modo se describen, para el caso de los traumatismos cervicales, los criterios de causalidad genérica, para que se puedan indemnizar indemnizar lesiones temporales que “no son susceptibles de de verificación mediante pruebas médicas complementarias”.

CRITERIOS DE CAUSALIDAD GENÉRICA
Artículo 135Indemnización por traumatismos menores de la columna vertebral

“1. Los traumatismos cervicales menores que se diagnostican con base en la manifestación del lesionado sobre la existencia de dolor, y que no son susceptibles de verificación mediante pruebas médicas complementarias, se indemnizan como lesiones temporales, siempre que la naturaleza del hecho lesivo pueda producir el daño de acuerdo con los criterios de causalidad genérica siguientes:

  • a) De exclusión, que consiste en que no medie otra causa que justifique totalmente la patología.
  • b) Cronológico, que consiste en que la sintomatología aparezca en tiempo médicamente explicable. En particular, tiene especial relevancia a efectos de este criterio que se hayan manifestado los síntomas dentro de las setenta y dos horas posteriores al accidente o que el lesionado haya sido objeto de atención médica en este plazo.
  • c) Topográfico, que consiste en que haya una relación entre la zona corporal afectada por el accidente y la lesión sufrida, salvo que una explicación patogénica justifique lo contrario.
  • d) De intensidad, que consiste en la adecuación entre la lesión sufrida y el mecanismo de su producción, teniendo en cuenta la intensidad del accidente y las demás variables que afectan a la probabilidad de su existencia.

En el caso del criterio cronológico, por ejemplo, se plantea que el tiempo “médicamente explicable” para la aparición de la sintomatología son las 72 horas. Sin embargo, existen sentencias al respecto que reconocen como existente el nexo causal a pesar de haber pasado más de 72 antes de la aparición de los síntomas.

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“Muchas veces la persona que ha sufrido el accidente intenta aliviar los dolores y/o el malestar por su cuenta, y acude al médico tras varios días cuando ve que el cuadro sintomatológico persiste” explica Elena Fernández Cuadrado, coordinadora y responsable del departamento legal de Asociación DIA. Nuestra recomendación es siempre acudir a urgencias después de un accidente, aunque sea de baja intensidad, para evaluar los daños y descartar cualquier lesión que pueda resultar difícil de percibir.

 

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Informes biomecánicos contra el criterio de intensidad

Los informes biomecánicos pretenden determinar los daños en las víctimas, buscando demostrar la inexistencia del nexo causal, sin ni siquiera tener en cuenta los informes médicos de valoración de daño aportados.

“No se tienen en cuenta particularidades que influyen en las consecuencias del siniestro, por ejemplo, la posición en la que se encontraba la víctima en el momento del choque” recuerda Elena Fernández Cuadrado, coordinadora y responsable del departamento legal de Asociación DIA.

Nos encontramos con una práctica muy habitual por parte de las aseguradoras: alegar que no existe nexo causal entre las lesiones y el accidente. De este modo las aseguradoras ponen una barrera más que la víctima y su abogado/a deben superar para demostrar que los daños sí están vinculados al accidente, y lo que es más importante: se libran de pagar ninguna indemnización.

 

Reclamaciones peleadas por las aseguradoras

Esta estrategia, amparada por el Artículo 135 es seguida de manera protocolizada por las aseguradoras en los casos de los accidentes de baja intensidad, cuyas reclamaciones son peleadas por las aseguradoras y contrarrestadas con estos informes biomecánicos que, según parece, se preparan a granel sin a penas individualizar el caso, atendiendo más a factores estructurales (de velocidad, daños en el vehículo, etc.) que humanos.

Parece que las aseguradoras que se jactan de proteger a tu familia, tu vida, tus sueños, etc., se venden de manera humana, pero después cuando tienes un accidente ponen todos los medios de su parte para demostrar que ‘no ha sido para tanto’, que ‘estás bien’, que ‘no te duele’. Y lo hacen pretendiendo dotar de fiabilidad divina a sus informes biomecánicos para demostrar que el nexo causal se ha roto, y que el mecanismo de  producción de la lesión no se adecua a las lesiones.

Para que nos entendamos. Has tenido un accidente de baja intensidad: un coche ha golpeado tu vehículo y tienes un fuerte dolor en el cuello, mandíbula y espalda. Acudes al médico y recibes rehabilitación. Cuando vas a reclamar a la aseguradora, esta te presenta un informe biomecánico de difícil comprensión, que explica que por la velocidad, el ángulo y dimensiones de la abolladura que tienes en el parachoques trasero, etc. no es posible que tengas los daños que dices tener.                     ¿Cómo?                 Sí, en serio…

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nexo causal accidente indemnizaciónVoces en contra de los informes biomecánicos

Sin embargo, cada día son más las voces que se alzan en contra de los informes biomecánicos: peritos médicos y de valoración de daños corporales, abogados/as, fisioterapeutas, y otros profesionales que intervienen con la víctima en el proceso posterior al accidente.

Conviene destacar reflexiones como las que recoge Miguel Rodríguez Jouvencel, perito médico especializado, en su obra “Inutilidad del Informe Biomecánico del Ingeniero” (parte primera y parte segunda).

Rodríguez Jouvencel, que además es autor de otros títulos sobre el latigazo cervical o wiplash, comienza el texto con la siguiente cita, que da idea de la situación en que se encuentra España respecto al resto de países.

<“El Comisionado de Seguros de Arizona (USA) ha ido tan lejos como para adoptar normas que prohíben específicamente a las compañías de seguros confiar el estudio de la causa del daño al análisis biomecánico. El comisionado consideró que el análisis biomecánico no constituye una `investigación razonable´ ante una reclamación”. (Estado de ARIZONA. Departamento de Seguros. Circular 2000-2).>

Jordi Canosa, traumatólogo y Valorador de Daño Corporal, planteaba de esta manera en el artículo “Visión médica: consideraciones en torno al latigazo cervical y el artículo 135” las inconsistencias de los informes biomecánicos.

“Me interesa también hacer una valoración negativa del denominado Informe de Biomécanica. De entrada, tiene una denominación poco adecuada porque la denominada Biomecánica es un área científica relacionada con la biología y la capacidad de movimiento de personas y animales pero no con los objetos. Por otra parte, no está demostrado el paralelismo que pueda haber entre las “lesiones” de un vehículo y las lesiones de sus ocupantes. Estas se hallan vinculadas a muy diversos parámetros que raramente se mencionan, a saber: inclinación del respaldo del asiento, altura de la zona horizontal del mismo en relación al volante y al suelo del vehículo, peso y altura del lesionado, “alerta” o no del mismo ante el posible impacto, etc.”

No obstante, existe jurisprudencia al respecto en contra de algunas de estas artimañas de las aseguradoras, por lo que animamos a las víctimas a reivindicar sus derechos, siempre contando con un asesoramiento legal profesional.

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