Una de las primeras dudas que le surge a una víctima tras sufrir un accidente de tráfico es ¿dónde puedo realizar mi rehabilitación?, ¿necesariamente tengo que ir al centro que me asigna la aseguradora? Aquí proponemos aclarar estas dudas.
¿Quién se hace cargo de nuestra rehabilitación?
Lo primero que debemos saber es que la Seguridad Social no se hace cargo de los gastos sanitarios derivados de un accidente de tráfico, sino que debe asumirlos en principio la aseguradora responsable del incidente.
Por tanto, es importante saber dónde puedo acudir tras un accidente de tráfico, para evitar que el hospital me reclame las facturas del accidente alegando que la compañía de seguros no se quiere hacer cargo de las mismas, o directamente porque no hay compañía de seguros.
Así, para evitar este tipo de inconvenientes, tendré que dirigirme a un centro médico concertado, que son aquellos centros que han sido homologados por UNESPA (la patronal de las aseguradoras) y que se pueden consultar, respecto de los centros privados, en el Anexo 1 de la Resolución de la DGS del 12 de noviembre de 2014, y respecto de los centros del sector público en los distintos convenios celebrados por UNESPA, en el siguiente enlace.
Como se puede observar, este listado es muy amplio, y no se ciñe a las pocas posibilidades que suelen “facilitar” las compañías aseguradoras.
Para saber a qué se debe esto, debemos distinguir entre:
-Centro concertado, que son los anteriormente señalados, homologados por UNESPA.
-Centro colaborador con la aseguradora, que son aquellos centros concertados que, además, pactan con la aseguradora una serie de condiciones beneficiosas para ésta (como, por ejemplo, comprometerse a dar un menor número de sesiones de rehabilitación, lo que casi seguro supondrá una mala curación de las lesiones y una indemnización menor), a cambio de que le envíe a sus personas aseguradas.
Por tanto, resulta claro el porqué del interés y la insistencia de las aseguradoras en remitirnos a determinados centros de salud y no a cualquiera de los que tenemos derecho.
Es por ello que, en todo caso, debemos ejercer nuestro derecho de acudir al centro médico concertado -que son la mayoría- que prefiramos (según referencias, cercanía, etc), para lo cual, lo más aconsejable es dirigirse al centro que elijamos con el parte de urgencias (del primer lugar donde nos hayan atendido tras el accidente), y los datos de los vehículos intervinientes para tratar que sea el centro de rehabilitación quien se encargue de la gestión de recobro, y así evitar dirigirnos al seguro por este asunto, donde lo más probable es que nos pongan pegas.
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