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La Universidad de Murcia (UMU) quiere desarrollar un protocolo para distinguir un latigazo cervical de uno fingido. ¿Por qué esa obsesión por pretender que esta patología no existe? ¿Qué ganan con esto las aseguradoras?

A la caza del falso latigazo cervical

Nos quedamos a cuadros…Según publican varios medios, la Universidad de Murcia (UMU) está llevando a cabo una investigación que busca establecer un protocolo que permita a los profesionales detectar el engaño en casos falsos de lesiones de latigazo cervical, una de las lesiones más comunes en accidentes de tráfico.

¡Qué útil! Pensarán algunas personas….¿útil? Sí, claro: las beneficiarias de esta investigación son las aseguradoras y, viendo lo visto, no nos sorprendería descubrir que es el propio sector asegurador quien financia este estudio.

El proyecto -dicen- busca evitar las más de 300.000 reclamaciones que se dan al año por esguinces fraudulentos en España, según las aseguradoras -con esto iremos más adelante-.
El estudio habla de pacientes GENUINOS, y pacientes SIMULADORES. A pesar de que los profesionales de la fisioterapia y la traumatología reconocen que no hay forma objetiva de determinar o detectar el dolor que sufren las víctimas de latigazo cervical, la UMU aspira a encontrar un protocolo “sistemático y eficaz” para dirimir el problema.

 

1+1 no siempre son dos

“La investigación la están desarrollando el Servicio de Psicología Aplicada (SEPA) y el Servicio Externo de Ciencias y Técnicas Forenses (SECyTeF) de la UMU, que trabajan desde el año 2015 en una tesis doctoral que implementa dicho protocolo para discriminar de forma sistemática y eficaz entre aquellas personas que simulan la lesión y los pacientes que realmente padecen un esguince cervical.” Fuente: Europa Press, Leer mas.

Respetando enormemente la labor de investigación que se realiza en las universidades, tenemos dudas acerca de cómo podría ser el protocolo, teniendo en cuenta que se está desarrollando desde un Servicio de Piscología Aplicada. El protocolo que integra información cruzada para detectar inconsistencia en la manifestación de los síntomas con elementos psicosociales, de manera que discriminaría correctamente en torno al 85 y el 94 por ciento. ¿Sería un herramienta realmente eficaz y fiable?

latigazo cervical - indemnización-detectar fraude

 

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El art. 135 (LA LEY 1459/2004) del Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, dice lo siguiente:

«1.- Los traumatismos cervicales menores que se diagnostican con base en la manifestación del lesionado sobre la existencia de dolor, y que no son susceptibles de verificación mediante pruebas médicas complementarias, se indemnizan como lesiones temporales…
2. La secuela que derive de un traumatismo cervical menor se indemniza solo si un informe médico concluyente acredita su existencia tras el periodo de lesión temporal.»

El concepto de TMCV (traumatismo menor de la columna vertebral) queda pues definido por ser totalmente subjetivos sus síntomas, NO COMPROBABLES mediante pruebas médicas. Pero no por ello dejan de ser indemnizables.

¿Cuál es la propuesta de esta investigación? ¿Estaremos ante un nuevo polígrafo? ¿Será un protocolo que descubra por el timbre de voz o la forma de pestañear si la víctima miente o dice la verdad? Esperamos con ansia que la investigación arroje sus frutos.

 
 

Los cambios en el Baremo: latigazo cervical

 

Las indemnizaciones para víctimas con lesiones leves o de mediana intensidad fueron las más perjudicadas con la actualización del Baremo de Indemnización y su entrada en vigor en 2016. En la negociación del nuevo Baremo jugaron un importante papel las asociaciones de grandes lesionados, que miraron por los intereses de su colectivo, consiguiendo mejorar sus derechos indemnizatorios. Así el sector asegurador pudo celebrar que este Baremo contaba con el respaldo de las víctimas -no con el de la presente asociación-.

Os recomendamos encarecidamente leer este artículo: Reclamación de indemnizaciones (Parte V): traumatismo vertebral menor. De lo subjetivo a lo indemnizablede Aquilino Yáñez de Andrés, abogado especialista en indemnizaciones por responsabilidad civil, derecho de daños y seguros.

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Yáñez reflexiona acerca de las implicaciones que tienen los cambios que se introdujeron con en el nuevo Baremo de Indemnización -Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación-en relación a los traumatismos menores de la columna vertebral (TMCV).

 

¿Hay tanto fraude como denuncian las aseguradoras?

 

Como ya planteábamos más extensamente en el artículo Traumatismo cervical: las versiones opuestas de aseguradoras y sector sanitario:

A pesar de la intención del sector asegurador, encarnada por polémicas declaraciones de sus presidentes, de trasladar al mundo la idea de que el traumatismo cervical no existe y de que las personas exageramos nuestras lesiones, nos sometemos a todo un proceso de rehabilitación y revisiones médicas -de sus propios médicos- por un puñado de euros… A pesar de las jornadas que organizan para persuadir al resto de profesionales que tratan con las víctimas de que “no es tan grave”… A pesar de que pongan cada vez más trabas a la reclamación de indemnizaciones por traumatismo cervical por medio de protocolos diseñados para cohibir y disuadir a las víctimas que sufren esta lesión.

A pesar de ello NO TENÉIS RAZÓN: 

El traumatismo cervical es una lesión REAL y reconocida por el sector sanitario.

Seguro que conocéis a más de una persona que en algún momento de su vida ha tenido un golpe con el coche y que ha padecido el traumatismo cervical -también conocido como latigazo cervical-. ¿Se ha recuperado completamente? En algunos casos las personas siguen padeciendo dolores en las cervicales o dolores de cabeza por mucho tiempo.

En dicho artículo contábamos el caso de una víctima de accidente, que podría denominarse víctima de fraude por parte de la aseguradora. La víctima seguía remitiendo dolor al médico de la mutua cuando este le dió el alta. Tras insistir, y gracias al respaldo de la empresa, la víctima pudo conseguir que el médico -generalista- le remitiera a traumatología, desde donde ampliaron las sesiones de rehabilitación. Si usamos la misma vara de medir que utilizan las aseguradoras ESTO TAMBIÉN ES FRAUDE.

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El fraude silenciado de las aseguradoras

Según la Asociación Empresarial del Seguro (UNESPA), de todos los partes de accidentes recibidos en 2015, 306.000 casos eran falsos, con un coste de unos 550 millones de euros”. Lo que hay que aclarar es a qué llaman “falso”…

 

Y es que, cuando las aseguradoras hablan de “300.000 reclamaciones que se dan al año por esguinces fraudulentos en España”, nos surgen algunas dudas: 
  1. ¿Cómo habéis comprobado que eran esguinces fraudulentos si el propio Baremo determina que no hay prueba objetiva para detectar el dolor?
  2. ¿En qué porcentaje de estos accidentes la víctima NO sufrió flexión y extensión de la cabeza rápida, fuerte y repentina?
  3. Cuando habláis de 300.000 reclamaciones fraudulentas ¿os referís en realidad a víctimas a las que se les ha indemnizado con una cantidad menor a la que reclamaban? De ser así, esto NO puede ser considerado fraude.
  4. Estaría bien saber qué porcentaje de fraude representan esas “supuestas” 300.000 reclamaciones fraudulentas sobre el total.
  5. Cuando es la aseguradora la que finalmente pierde un juicio y tiene que indemnizar a la víctima con una cantidad mayor de la que se le ofrecía en un principio ¿es fraude de la aseguradora?

 

PERO….¿QUIÉN HABLA DEL FRAUDE DE LAS ASEGURADORAS?

 

Lamentablemente, somos pocas las asociaciones y profesionales que alzamos la voz para denunciar los abusos de las aseguradoras. De esto saben mucho los abogados y abogadas que trabajan diariamente de manera independiente en la defensa de víctimas de accidentes, un colectivo que afortunadamente se está mostrando receptivo ante nuestras reivindicaciones y propuestas.

 

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