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Es obligación de la empresa garantizar las medidas de seguridad y la protección de sus trabajadores/as. No hacerlo es delito, un hecho que se puede denunciar ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

 

Por qué denunciar ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Nos encontramos ante una tendencia negativa en cuanto a la siniestralidad laboral global en España. En 2017 se produjeron 596.606 de accidentes laborales con baja: un 5,4% más que en 2016, según los datos definitivos publicados por el Ministerio de Trabajo Migraciones y Seguridad Social.

Una de las principales motivaciones de la PRL, que viene definida en la ‘exposición de motivos’ de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales es la ‘protección del trabajador’.

La protección del trabajador frente a los riesgos laborales exige una actuación en la empresa que desborda el mero cumplimiento formal de un conjunto predeterminado, más o menos amplio, de deberes y obligaciones empresariales y, más aún, la simple corrección a posteriori de situaciones de riesgo ya manifestadas. La planificación de la prevención desde el momento mismo del diseño del proyecto empresarial, la evaluación inicial de los riesgos inherentes al trabajo y su actualización periódica a medida que se alteren las circunstancias, la ordenación de un conjunto coherente y globalizador de medidas de acción preventiva adecuadas a la naturaleza de los riesgos detectados y el control de la efectividad de dichas medidas constituyen los elementos básicos del nuevo enfoque en la prevención de riesgos laborales que la Ley plantea. Y, junto a ello, claro está, la información y la formación de los trabajadores dirigidas a un mejor conocimiento tanto del alcance real de los riesgos derivados del trabajo como de la forma de prevenirlos y evitarlos, de manera adaptada a las peculiaridades de cada centro de trabajo, a las características de las personas que en él desarrollan su prestación laboral y a la actividad concreta que realizan.

 

Detrás de muchos accidentes laborales se encuentran deficiencias en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

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denunciar ante la inspección de trabajo

¿Qué papel juega la ITSS (Inspección de Trabajo y Seguridad Social)?

 

Según el artículo 9 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

1. Corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la función de la vigilancia y control de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. En cumplimiento de esta misión, tendrá las siguientes funciones:

a) Vigilar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, así como de las normas jurídico-técnicas que incidan en las condiciones de trabajo en materia de prevención, aunque no tuvieran la calificación directa de normativa laboral, proponiendo a la autoridad laboral competente la sanción correspondiente, cuando comprobase una infracción a la normativa sobre prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo previsto en el capítulo VII de la presente Ley.
b) Asesorar e informar a las empresas y a los trabajadores sobre la manera más efectiva de cumplir las disposiciones cuya vigilancia tiene encomendada.
c) Elaborar los informes solicitados por los Juzgados de lo Social en las demandas deducidas ante los mismos en los procedimientos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
d) Informar a la autoridad laboral sobre los accidentes de trabajo mortales, muy graves o graves, y sobre aquellos otros en que, por sus características o por los sujetos afectados, se considere necesario dicho informe, así como sobre las enfermedades profesionales en las que concurran dichas calificaciones y, en general, en los supuestos en que aquélla lo solicite respecto del cumplimiento de la normativa legal en materia de prevención de riesgos
laborales.
e) Comprobar y favorecer el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los servicios de prevención establecidos en la presente Ley.
f) Ordenar la paralización inmediata de trabajos cuando, a juicio del inspector, se advierta la existencia de riesgo grave e inminente para la seguridad o salud de los trabajadores.

Fuente: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales

“Si la inspección de trabajo considera que las lesiones son graves y que la empresa no adoptó las medidas de seguridad necesarias elaborará un acta de infracción; sin embargo, en caso de que no intervenga esta inspección podremos presentar la pertinente denuncia ante la Inspección de Trabajo”  Elena Fernández Cuadradro, asesora legal y coordinadora de Asociación DIA. Artículo completo.

 

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¿CÓMO ES LA RECLAMACIÓN DE INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE LABORAL?

 

Denunciar una situación laboral en la que la empresa no esté cumpliendo la PRL

 

Debes tener en cuenta lo siguiente:

  • Toda persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran constituir infracción en materias competencia de la ITSS (laboral, seguridad y salud laboral, seguridad social, empleo, etc.) puede reclamar los servicios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. 
  • La denuncia NO puede ser anónima: según la Ley 23/2015, de 21 de julio, silencio - denunciar ante la inspección de trabajoOrdenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Sin embargo, no debes preocuparte de que la empresa pueda conocer tu identidad y tomar represalias, ten en cuenta que los Inspectores y Subinspectores tienen el deber de considerar confidencial el origen de las denuncias, estando obligados a no revelar la identidad de los denunciantes a las empresas objeto de inspección.

 

  • La denuncia debe contener al menos:
    • datos de identificación personal del denunciante y su firma
    • los hechos presuntamente constitutivos de infracción
    • fecha y lugar de su acaecimiento
    • identificación de los presuntamente responsables
    • demás circunstancias relevantes
  • Se puede presentar de manera presencial, telemática o por correo postal.

 

 

 

Denunciar ante la Inspección de Trabajo FORMULARIO

Modelo de Formulario de Denuncia ITSS

 

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Existe el BUZÓN DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE LABORAL -que no requiere datos personales- para poner sobre aviso a la Administración sobre irregularidades como: Incumplimientos en materia de Prevención de Riesgos Laborales, Incumplimientos en materia de descansos y vacaciones, Trabajadores/as Sin Contrato, Trabajadores/as con jornada superior a la firmada en el contrato (contratos a tiempo parcial irregulares), incumplimientos en materia de jornada y horas extraordinarias, etc. En este caso, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) solicita que los datos sean lo más detallados posible. En determinados casos, como parte interesada, la ITSS puede solicitar al denunciante que realice una denuncia formal.

  • La información que obtendrás de tu denuncia: “El denunciante no podrá alegar la consideración de interesado a ningún efecto en la fase de investigación, si bien tendrá derecho a ser informado del estado de tramitación de su denuncia, así como de los hechos que se hayan constatado y de las medidas adoptadas al respecto únicamente cuando el resultado de la investigación afecte a sus derechos individuales o colectivos reconocidos por la normativa correspondiente al ámbito de la función inspectora.”

 

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¿Cómo comienza la inspección? 

  • La actuación de la ITSS se desarrolla en forma de visita a los centros o lugares de trabajo SIN NECESIDAD DE AVISO PREVIO, realizadas por uno/a o varios inspectores durante el tiempo que sea necesario.
  • La ITSS podrá comprobar datos o antecedentes que obren en las Administraciones Públicas, pudiendo utilizar los datos o antecedentes que suministren otras Administraciones Públicas de la Unión Europea.
  • Si el sujeto inspeccionado no facilita la documentación facilitada la inspección continuará de nuevo en la forma descrita en el punto 1.
  • Las actuaciones comprobatorias no se extenderán más de 9 meses, a no ser que sea por causas de la parte sujeta a inspección. Pero bajo ciertos supuestos puede ampliarse su alcance por otro período que no exceda de los 9 meses.
  • Las personas de la Inspección de Trabajo encargadas de la investigación pueden solicitar la presencia de los representantes de los trabajadores cuando proceda.

 

 

Como asociación de víctimas uno de nuestro principales objetivos es proteger los derechos de las víctimas de accidentes y perseguir la reducción de la siniestralidad vial, laboral, etc. Por ello, nuestro Departamento de Atención a Víctimas está a disposición de víctimas, familiares y abogados/as para cualquier tipo de asesoramiento.

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