Te explicamos aspectos claves para mejorar la indemnización por accidente laboral y realizar correctamente su reclamación.
Cómo mejorar la indemnización por accidente laboral
La problemática social que generan los accidentes laborales tiene dimensiones similares, o incluso mayores, a las que originan los accidentes de tráfico y otro tipo de hechos traumáticos que causen daños personales o, hasta el fallecimiento de las víctimas que los padecen. En muchos de estos casos a la víctima y/o a sus familias les corresponde una indemnización por accidente laboral. A continuación, os trasladamos algunas claves a tener en cuenta en su reclamación y para incrementar al máximo las indemnizaciones.
Cada año, los accidentes laborales causan cientos víctimas mortales y provocan decenas de miles de accidentes laborales con baja es España. Muchos de los trabajadores y trabajadoras afectados por este tipo de accidentes, que pueden ser in itinere (en el trayecto de ida o vuelta desde el domicilio al centro de trabajo) o in mision (durante la jornada laboral), quedan con graves secuelas.
Según los datos publicados por el Ministerio de Trabajo, en 2019 casi 695 personas fallecieron víctimas de accidentes laborales y se produjeron un total de 635.227 accidentes con baja.
Lo primero que debes saber antes de iniciar la reclamación de daños y perjuicios es que el Baremo de Indemnización (Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación) se aplica, por analogía, en los casos de reclamaciones por accidente laboral.
Indemnización en el ámbito laboral
1. Comunicación a la Mutua de Trabajo
En primer lugar, según explica Elena Fernández Cuadrado, coordinadora de Asociación DIA, “este tipo de siniestros deberán comunicarse a la Mutua de Trabajo y esta trasladará lo sucedido a la Inspección de Trabajo. Si la Inspección de Trabajo considera que las lesiones son graves y que la empresa no adoptó las medidas de seguridad necesarias elaborará un acta de infracción; sin embargo, en caso de que no intervenga esta inspección podremos presentar la pertinente denuncia ante la Inspección de Trabajo, ya sea de manera presencial, telemática o por correo postal.”
2. ¿Cómo se deben cuantificar los daños?
Sistema de baremación, incapacidades…
“Para cuantificar los daños personales sufridos por los/as trabajadores/as que, durante el desempeño de su profesión, hayan sido víctimas de un accidente laboral o hayan sufrido lesiones a consecuencia de enfermedades profesionales se aplica un sistema de baremación (recogido en el Anexo de la Ley General de la Seguridad Social) que establece unas cantidades alzadas para las lesiones, deformidades o mutilaciones de carácter definitivo y no invalidantes que, sin llegar a constituir una incapacidad permanente, supongan una disminución o alteración de la integridad física del trabajador/a, que no impida seguir trabajando.”
Tal y como Asociación DIA recoge en su Guía Integral para la Atención de Víctimas de Accidentes, cofinanciada por la DGT “hay que tener en cuenta que la indemnización por las citadas lesiones es incompatible con la prestación de incapacidad permanente, salvo que las mismas sean totalmente independientes de las que se hayan tenido en cuenta para la declaración de la incapacidad permanente.”
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“La tabla de cuantías” explica Elena Fernández “se divide por las partes del cuerpo afectadas (cabeza y cara, aparato genital, glándulas y vísceras, miembros superiores, miembros inferiores y otras cicatrices) y, dentro de cada una, por órganos y, dentro de ellos, las diferentes secuelas posibles de forma detallada. A cada secuela se le atribuye una cuantía en euros, que puede ser fija o un tramo máximo/mínimo.”
RECUERDA QUE contar con un dictamen médico es el primer paso para poder cuantificar las secuelas, conocer si existe pérdida de calidad de vida temporal y saber qué partidas indemnizatorias son susceptibles de reclamación. Asociación DIA te ofrece este dictamen médico por 185 € (IVA incluido) al que anexamos un estudio de viabilidad indicando todas estas partidas y las cuantías a reclamar, y si existe pérdida de calidad de vida temporal.
Envíanos tu solicitud a contactoabogados@asociaciondia.org y nuestro equipo especialista te devolverá la llamada.
Te ofrecemos, además, ASESORAMIENTO GRATUITO en todas tus reclamaciones y la posibilidad de cuantificar la reclamación.
Por último, debemos tener presente que, para reclamar daños y perjuicios por responsabilidad civil derivados de estos accidentes de trabajo, se utiliza habitualmente como referencia el baremo de tráfico. Dentro de esta responsabilidad civil se contemplan los daños y perjuicios causados (incluyendo los perjuicios materiales, patrimoniales – como los derivados de la previsión de gastos sanitarios futuros- y los morales –tanto para la víctima directa como para las víctimas indirectas, los familiares-), así como el lucro cesante (entendido aquí como el valor de la pérdida sufrida y la posible ganancia que se dejará de percibir tanto por la víctima como por aquellos familiares que dependan económicamente de la ella, ya sea para el caso de su fallecimiento, por motivo de desempleo o reducción de la jornada laboral a consecuencia del accidente).
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Procesos de solicitud de incapacidad
“Para el caso de que al accidentado/a le corresponda una prestación económica por incapacidad permanente (conforme a la valoración que haga el Equipo de Valoración de Incapacidades correspondiente), y el accidente de trabajo o enfermedad laboral tenga causa en la falta de medios de protección reglamentarios (ya sea por ausencia, o malas condiciones de los mismos), o bien por no haberse observado las medidas generales o particulares de seguridad y salud en el trabajo, o las de adecuación personal a cada trabajo, dicha prestación se verá incrementa de un 30 a un 50 por ciento, según la gravedad de la falta, a cargo del empresario/a infractor/a.”
Los informes periciales sociales que realizan los trabajadores/as sociales de Asociación DIA se están utilizando con éxito en los procesos de solicitud de incapacidad. En ellos se indican las limitaciones de las actividades funcionales, por lo que sirven para reforzar la declaración de aptitud laboral.
- Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida ocasionada por las secuelas: el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida, es un concepto novedoso dentro del Baremo cuya acreditación requiere necesariamente de un dictamen previo o de un informe pericial social.
- Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de los familiares de grandes lesionados: la indemnización del perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de los familiares de grandes lesionados/as va de los 30.000 € a los 145.000 € y compensa la sustancial alteración que causa en sus vidas la prestación de cuidados y la atención continuada de dichos lesionados/as cuando han perdido la autonomía personal para realizar la casi totalidad de actividades esenciales en el desarrollo de la vida ordinaria.
DESCARGA NUESTRO NUEVO FOLLETO EXPLICATIVO SOBRE INDEMNIZACIONES.